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BOAM nº 9608 (09/04/2024)
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

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Decreto de 22 de marzo de 2024 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones destinadas al fomento de la micromovilidad en la Ciudad de Madrid (Cambia 360), de la anualidad 2024.

Las políticas y estrategias de calidad del aire y de cambio climático deben ser abordadas de forma coordinada desde todos los ámbitos públicos y privados con el fin de aunar esfuerzos y ampliar la coordinación para la reducción de emisiones a la atmósfera de la Ciudad de Madrid, a la vez que conseguir una mayor eficacia en la aplicación de los fondos públicos.

 

La Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, que tiene como uno de sus principios rectores el de cautela y acción preventiva establece, en el ámbito de la Administración Local, para los municipios de más de 100.000 habitantes y las aglomeraciones, determinadas obligaciones, como la de elaborar planes y programas para los objetivos de calidad del aire y la de integrar las consideraciones relativas a la protección atmosférica en la planificación de las distintas políticas sectoriales.

 

Asimismo, la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética, para dar cumplimiento a los compromisos internacionales asumidos en esta materia, recoge entre sus objetivos generales, el de reducir en el año 2030 las emisiones de gases de efecto invernadero, con el fin de alcanzar una penetración de energía de origen renovable en el consumo de energía final, así como una eficiencia energética.

 

En consecuencia, se han de destacar las políticas de mejora ambiental, los planes y protocolos de calidad del aire y cambio climático, así como las actuaciones normativas y de fomento de la micromovilidad, que se están llevando a cabo y que contribuyen, sin duda, a mejorar la calidad del aire en la Ciudad de Madrid, así como a favorecer e impulsar la movilidad personal en la ciudad.

 

Para contribuir a la consecución de estos objetivos, la Estrategia de Sostenibilidad Ambiental "Madrid 360", contempla una serie de ayudas (Cambia 360) dirigidas a fomentar la renovación de vehículos por otros menos contaminantes, así como a impulsar la movilidad personal en el municipio de Madrid, apostando por la micromovilidad.

 

El Plan Estratégico de Subvenciones 2021-2023 del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad (en adelante, PES), incluyó una línea de subvenciones denominada «Movilidad sostenible» dentro en la que se recoge el fomento de la movilidad. Este PES continúa produciendo efectos, según lo establecido en la disposición transitoria 2ª de la Ordenanza 3/2023, de 28 de noviembre, hasta la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid.

 

En concreto, la presente convocatoria regula las ayudas del año 2024 para la adquisición de bicicletas con sistema de asistencia al pedaleo, ciclomotores eléctricos, motocicletas eléctricas, y cuadriciclos eléctricos, para favorecer el desplazamiento en la Ciudad de Madrid.

 

El achatarramiento de vehículos de categoría ambiental "A" (sin distintivo ambiental) será un incentivo para incrementar el importe a percibir, excepto en la adquisición de bicicletas con sistema de asistencia al pedaleo.

 

Con las ayudas que contempla esta convocatoria se satisfacen los siguientes objetivos de naturaleza medioambiental:

 

a) Favorecer el mejor cumplimiento de la Directiva 2008/50/CE, de 21 de mayo de 2008, relativa a la calidad del aire y a una atmósfera más limpia en Europa, de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, así como del Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.

 

b) Garantizar el cumplimiento del objetivo fijado por la Ordenanza de Movilidad Sostenible, 10/2021 de 13 de septiembre, de promover el uso de vehículos CERO emisiones y el desarrollo de la movilidad eléctrica.

 

c) Contribuir a la mejora del medio ambiente urbano y de la salud y seguridad de los ciudadanos, y a la eficiencia de la economía gracias a un uso más racional de los recursos naturales, promoviendo la disminución del consumo de energía y la mejora de la eficiencia energética y fomentando los medios de transporte de menor coste social, económico, ambiental y energético, tanto para personas como para mercancías, en cumplimiento de los objetivos de la política de movilidad sostenible establecidos en la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.

 

d) De acuerdo con el Plan de Movilidad Sostenible Madrid 360, aprobado por la Junta de Gobierno de la Ciudad el 7 de julio de 2022, facilitar y fomentar la integración funcional y regulatoria de los nuevos modos de movilidad personal y compartida en el sistema de transportes de Madrid.

 

e) Mejorar la calidad del aire y la movilidad global en la Ciudad de Madrid, reduciendo las emisiones de gases de efecto invernadero generadas por el transporte rodado de la Ciudad de Madrid y favoreciendo el cumplimiento de los compromisos en materia de Cambio Climático adoptados por el Ayuntamiento de Madrid.

 

La gestión de esta línea de ayudas se realizará por la entidad colaboradora «Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM)» que fue seleccionada por Decreto de 7 de febrero de 2024, del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, previa convocatoria del correspondiente procedimiento de concurrencia conforme a lo establecido en el artículo 16.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

De conformidad con la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013 y en el ejercicio de las competencias conferidas por el apartado 3º.1.9 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, de fecha 29 de junio de 2023,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar la convocatoria pública de subvenciones destinadas al fomento de la micromovilidad en la Ciudad de Madrid (Cambia 360), de la anualidad 2024, conforme se indica en el Anexo de este decreto.

 

SEGUNDO.- La concesión de la subvención queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de su otorgamiento.

 

TERCERO.- El presente decreto surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la página web municipal (www.madrid.es).

 

CUARTO.- En cumplimiento de los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y a efectos de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el Ayuntamiento remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones información sobre esta convocatoria y las subvenciones concedidas.

 

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

 

Madrid, a 22 de marzo de 2024.- El Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, Francisco de Borja Carabante Muntada.

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